PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, sociedad mercantil MC CAMIONES C.A. (CAMIONES JAC); SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado el 23 de abril de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que niega la prueba de informes promovida por la demandada. De conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada.