Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por el demandante, ciudadano VÍCTOR JULIO OCHOA; SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada el 9 de abril de 2015 por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; TERCERO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano VÍCTOR JULIO OCHOA en contra de la ciudadana MARÍA JOSEFINA RINCONES GARCÍA y en consecuencia SE ORDENA a la demandada cumpla en devolver el inmueble arrendado, consistente en dos locales comerciales, identificados Nros. 2 y 3, ubicados en el barrio El Carmen Sur, avenida Boyacá.....