PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la agraviante, ciudadana CARMEN ELENA SANSON ESCORCIA; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 7 de junio de 2011 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo que declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional intentada por la ciudadana LUING MAR MILAGROS HERNANDEZ MARCHAN contra la ciudadana CARMEN ELENA SANSON ESCORCIA y estableció como fórmula restablecedora de la situación jurídica infringida poner inmediatamente en posesión a la ciudadana LUING MAR MILAGROS HERNANDEZ MARCHAN del inmueble identificado con el número 25, situado en la Calle Principal de la Urbanización Las Brisa jurisdicción del Municipio Diego Ibarra del Estado Carabobo.
Por cuanto el presente amparo versa sobre una queja entre particulares, de conformidad con el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales se cond.....