PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la accionante en amparo, ciudadana FELIPA CURIS; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 03 de noviembre del año 2008 por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo que declaró INADMISIBLE la acción de amparo intentada por la ciudadana FELIPA CURIS, en contra de sentencia dictada en fecha 19 de diciembre de 2007, por el Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. No hay condena en costas procesales por cuanto la acción no la percibe este juzgador como temeraria.