Considera este Tribunal que la circunstancia de que la abogada RAYDA RIERA, apoderada de la C.N.A. DE SEGUROS LA PREVISORA, diligenciara el 07 de julio de 2004 solicitando la remisión del expediente al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de esta Circunscripción Judicial, a los fines de practicar la notificación omitida a la sociedad inversora 7019, C.A., señalando igualmente que el superior respectivo ordenó la notificación de todas las partes, incluyendo la última de las mencionadas, sin que se haya dado una respuesta a dicha solicitud, circunstancia que se agrava con el decreto de ejecución del 17 de marzo de 2005, librado con ocasión a solicitud que formulara el 16 de febrero de 2005 la abogada DELMA DE ARMAS, apoderada del demandante en ese juicio, ciudadano LUIS ARTURO BROWN GAONA, comenzando con ello una fase de ejecución, sin que se resolviera en forma expresa la incidencia originada por la notificación de las partes ante el Tribunal Superior corr.....