PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado FRANCISCO AGÜERO VILLEGAS en su carácter de apoderado judicial de la demandada, ciudadano ANTONIO JOSE MALDONADO MARTIN; SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión dictada en fecha 10 de abril de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sólo en lo que respecta a las costas procesales, manteniéndose incólume el resto de la sentencia; TERCERO: SE CONDENA en costas procesales a la parte demandante, ciudadanos MAURICIO JOSE GARCIA GONZALEZ y MARIA EUGENIA AÑEZ CELEDON por haber resultado totalmente vencidos en el presente proceso, todo de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena remitir el presente expediente al tribunal de origen en la oportunidad correspondiente.