Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo En Lo Civil, Mercantil, Bancario Y Del Tránsito De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SE ANULA sentencia definitiva dictada en fecha 11 de julio de 2016 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró con lugar la demanda intentada; SEGUNDO: SE ORDENA al Juzgado de Primera Instancia que corresponda conocer, componga de oficio la relación jurídico procesal con el llamado del ciudadano ROBERTO ENRIQUE D´AMICO AVIS a la causa y ponderar la necesidad de una reposición de la causa en caso de ser necesario y útil para restablecer el equilibrio procesal.