DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadana PERLA JOSEFINA PAEZ BERASTEGUI; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 10 de febrero de 2011 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró procedente la defensa perentoria de falta de cualidad opuesta por el co-demandado WAJIH GHOZLAN y en consecuencia, INADMISIBLE la demanda de simulación y nulidad de contrato de venta intentada por la ciudadana PERLA JOSEFINA PÁEZ BERASTEGUI contra los ciudadanos RAÚL DARÍO PÉREZ OCHOA y WAJIH GHOZLAN.
De conformidad con lo previsto en el.....