Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara ÚNICO: SE HOMOLOGA el desistimiento del recurso de apelación formulado por el abogado ALFREDO ELEAZAR TORRES MATUTE, actuando con el carácter de apoderado judicial de las co-demandadas, ciudadanas RUTH TERESA TELLECHEA y CARMEN AIDA GONZÁLEZ RUIZ, quedando en consecuencia firme la sentencia dictada en fecha 16 de enero de 2019 por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual declara con lugar la demanda intentada.