PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada reconviniente; SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia definitiva dictada el 9 de diciembre de 2008 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, conforme a los términos que quedaron establecidos en el presente fallo; TERCERO: CON LUGAR la demanda por reivindicación intentada por la ciudadana Viannelisa Chirivella García, en contra de la ciudadana Gladys Zerpa de Fernández; CUARTO: SE ORDENA a la ciudadana Gladys Zerpa de Fernández entregar y restituir a la ciudadana Viannelisa Chirivella García, el inmueble constituido por un apartamento signado con el N° 2, que tiene un área de construcción aproximada de ochenta y cuatro metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (84,50 mts²), que consta de los siguientes ambientes: tres (3) habitaciones, un (1) comedor, un (1) recibo, una (1) cocina, un tendedero, una (1) terraza, un.....