V
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte co-demandada, sociedad de comercio CORPORACIÓN INTEGRA GTVZ C.A.; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia definitiva dictada en fecha 25 de noviembre de 2021 por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: CON LUGAR la pretensión de cumplimiento de contrato planteada en la demanda interpuesta por el ciudadano JORGE LUÍS REYES PÉREZ, en contra de las sociedades de comercio INMOBILIARIA IMAGEN DEL CENTRO C.A. y CORPORACIÓN INTEGRA GTVZ C.A. y en consecuencia,.....