Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE in limine litis, la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana LISBETH SUAREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-7.111.224, debidamente asistida por la abogada SARA GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ, antes identificada, contra la UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA, de conformidad con el artículo 2 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, en Valencia, a los treinta y un (31) días del mes de mayo del año dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.