Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, Sede Valencia, Estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada Norys Suniaga Figuera, Inpreabogado Nº 12.646, con carácter de apoderada judicial de la ciudadana COROMOTO ORTEGA, cédula de identidad V-13.313.442, contra la CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE LA REGIÓN CENTRAL (CORPOCENTRO), sede Valencia, Estado Carabobo
2. DECLARA la nulidad absoluta del acto administrativo contenido la comunicación del 30 junio 2004, suscrita por el Jefe de Recursos Humanos de la Corporación de Desarrollo de da Región Central (CORPOCENTRO.
3. ORDENA la reincorporación de la querellante, ciudadana Coromoto Ortega, cédula de identidad V-13.313.442, al cargo de Asistente Analista III IV, o en su .....