Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1. PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por el abogado MIGUEL EDUARDO HEREDIA, cédula de identidad V-3.254.126, inscrito en el Inpreabogado Nro. 9.947, con carácter de apoderado judicial de CLOVER INTERNACIONAL, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 30 junio 1964, Nro. 49, Tomo 26-A.
2. En consecuencia, se ORDENA la suspensión de los efectos de la Providencia Administrativa Nro. 281-2009, dictada el 06 julio 2009, por la Inspectoría del Trabajo Cesar Pipo Arteaga del Municipio Valencia, Parroquias San José, Catedral, Rafael Urdaneta y de los Municipios San Diego, Naguanagua del Estado Carabobo, en la cual se impo.....