Por todas las razones expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana NIURKA BETSABE ACUÑA, cédula de identidad V-8.849.765, asistida por el abogado José Silvino Ceballos Mora, Inpreabogado N° 110.966, contra la FUNDACIÓN INSTITUTO CARABOBEÑO PARA LA SALUD (INSALUD), y ORDENA a la Fundación Instituto Carabobeño para la Salud (INSALUD), el cumplimiento de la Providencia Administrativa Nro. 0179-2010, dictada el 05 abril 2010, por la Inspectoría del Trabajo Municipios Valencia, Parroquias El Socorro, Santa Rosa, Candelaria, Miguel Peña y Municipios Libertador, Bejuma, Montalbán y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, donde se ordena el reenganche y pago de salarios caídos de la ciuda.....