Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara:
1. NO ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, para conocer de la solicitud de desacato a la Acción de Amparo Constitucional autónoma interpuesta por los ciudadanos ALEXIS JOSE ORTILEZ LUQUE, GRICEL SABRINA TOVAR DIAZ, ABRAHAM EZEQUIEL CHACÓN GÓMEZ, ADRIANA VANESSA CAMPOS GUEVARA, JORGE LUIS APARICIO VALERA, KIMBERLY LORIAN GÓMEZ DÍAZ Y MIGUEL ALBERTO MORALES CORDERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-18.628.584, V-18.410.357, V-19.000.889, V-21.030.687, V-20.029.377, V-20.067.738, V-20.336.942, estudiantes de la Universidad de Carabob.....