Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara embargada preventivamente la cantidad de Cincuenta y Dos Mil Ochocientos Noventa Bolívares Fuertes con Tres Céntimos (Bsf. 52.890,03), en la cuenta de ahorro numero 01910076651076000050, cuyo titular es el demandado Armando José Díaz Barrera, dicha cantidad queda bloqueada.Igualmente el tribunal designa como agente de retención al banco nacional de crédito en la persona del Sub-gerente José Hurtado Coronel, quien Acepto la designaciòn.