El Tribunal deja constancia que cuenta con la custodia policial adscrita a la Policía del Estado Carabobo, conformado por dos (2) funcionarios a cargo de la cabo primero Carmen Esqueda, placa Nº 2422, con la unidad RP-4-4345, asimismo se abstiene de practicar la medida de embargo preventivo vista la solicitud de los apoderados actores acuerda expedir las copias certificadas y remitir las actuaciones al comitente considera cumplida su misión