IV
DISPOSITIVA
En fuerza de la anteriores consideraciones este Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda intentada por el abogado.-Por: RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.- En consecuencia se declara Resuelto el contrato de arrendamiento suscrito por las partes el 27 de febrero de 2007 y por vía de consecuencia a entregar el inmueble objeto del contrato en las mismas condiciones en que lo recibió y solvente de todos los servicios públicos.
Se condena a pagar la cantidad de SIETE MIL CUATROCIENTOS DOS BOLIVARES CON VEINTIUN CENTIMOS (Bs. 7.402,21) correspondiente a los cánones de arrendamiento de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2008 y enero y febrero, 2009 a razón de UN SETENTA Y OCHO BOLIVARES (Bs. 1.068.00).
La cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS UN BOLIVARES (Bs.1.4.....