I V
DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto este Tribunal Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, CON LUGAR la demanda incoada por la Abogado CARMEN SOLEIMA SAIS CAFFRONI, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 4.861.339 inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 16.225, de este domicilio, Apoderada Judicial de TIZIANA CINZIA STUPAZZONI, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 4.133.360 y de este domicilio, en contra de la: SOCIEDAD MERCANTIL RELICA C.A, , por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, En consecuencia Se condena a la parte demandada a entregar el inmueble, Constituido por sobre un inmueble constituido por un Local Comercial signado con el N° 4, el cual forma parte de la edificación distinguida centro Comercial .....