Por todas las consideraciones expuestas, es por lo que este Tribunal, Tercero de los Municipios, Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, actuando en Sede Civil, DECLARA: CON LUGAR la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO intentada por la ciudadana LIGIA MORELA DURAN OLIVO, representada por el abogado FRANCISCO GIL BRAVO, identificados en autos, contra el ciudadano JOSÉ ERNESTO NIÑO GUTIERREZ, igualmente identificado en autos.
En consecuencia se condena a la parte demandada a lo siguiente:
PRIMERO: En resolver el Contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en fecha 2 de Mayo de 2007, sobre el inmueble ubicado en la Urbanización Colinas de Carrizales, calle Cumanagoto, Nº 104-180, Municipio Valencia, Estado Carabobo; ordenándose la entrega del inmueble a la parte actora.-
SEGUNDO: Se condena a la parte demandad.....