Por los razonamientos ya expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIOPN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justica, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de los ciudadanos y ciudadanas que la integran y por Autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el presente procedimiento y se tiene como en sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
Regístrese y publíquese la anterior decisión y déjese copia de la misma en el copiador de sentencias interlocutorias llevado por el Tribunal..
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia a los Veintinueve (29) días del mes de Julio del dos mil nueve. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.