Ambas partes convienen que en caso de incumplimiento del demandado en la entrega del inmueble, la parte actora podrà solicitar la ejecución forzosa del convenimiento, igualmente solicitan al Tribunal de la causa le imparta la homologación de ley al convenimiento.
Examinado el acto de AUTOCOMPOSICION PROCESAL, celebrado entre las partes, se observa que se ha realizado de conformidad con lo ley procesal y por cuanto no es contrario al orden público y además se verificó en la oportunidad permitida por la ley, lo que conduce a este Tribunal, fundamentado en el Código de Procedimiento Civil, a declarar la procedencia y a impartir la HOMOLOGACION respectiva. Así se decide.
En mérito de los antes expuesto, este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su aprobación a la solicitud del.....