Por todas las consideraciones anteriores, es por lo que este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia, en Nombre de la Repùblica Bolivariana e Venezuela y por autoridad de la ley, actuando en Sede Civil, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la Reconvenciòn propuesta por la parte demandada, ciudadana DORA GONZALEZ. SEGUNDO: CON LUGAR, la demanda por Cumplimiento de Contrato por Vencimiento de la Pròrroga Legal, intentada por el abogado ORLANDO ABINAZAR MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 34.756, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano SALVATORE QUARTUCCIO LOBOSCO, identificado en autos, contra la ciudadana DORA GONZALEZ, asistida por la abogada CARMEN ROSA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.551 y de este domicilio.
En consecuencia, se condena a la ciudadana Dora González a lo siguiente:
Primero: La entrega de.....