Por consiguientes y acogiéndose esta Juzgadora los principios garantistas y para mejor proveer, acuerda ordenar que la citación sea extendida a la persona del inquilino demandado, sociedad mercantil AUTO RESPUESTOS MALAGÓN, C.A., en la persona del ciudadano EDGAR SÁNCHEZ, quien fuera representante de la mencionada sociedad de comercio al momento de celebrarse el contrato de arrendamiento o en cualesquiera de las personas que representen a la demandada de autos, en la dirección objeto del litigio, quien deberá comparecer en los mismos términos establecidos en el auto de admisión de fecha 12 de marzo de 2009, entendiéndose que el lapso de contestación a la demanda comenzará a computarse una vez que conste en autos la última de las citaciones ordenadas. Líbrese compulsa al inquilino demandado que lo es la sociedad de comercio AUTO REPUESTOS MALAGÓN, C.A., junto con su orden de comparecencia al pie y entréguese al alguacil para su práctica una vez la parte actora consigne los emolumentos c.....