Este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de los Ciudadanos y Ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de Divorcio 185-A, formulada por los Ciudadanos: NICOLAS ALFONSO ALFONZO ROMERO Y GLENDIMAR MEDINA MONTOYA, venezolanos, mayores de edad, titular de las cédulas de identidad N° V- 13.596.689 y V- 14.923.932 y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo Matrimonial que los unía desde el 26 de abril de 2003, fecha en la cual contrajeron Matrimonio Civil por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Rafael Urdaneta Municipio Valencia del estado Carabobo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Ci.....