Por todas las consideraciones anteriores, es por lo que este Tribunal, Tercero de los Municipios, Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, actuando en Sede Civil, DECLARA: CON LUGAR la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO intentada por el ciudadano JOSE DOMINGO ACOSTA, asistido por el abogado FREDDY ALEXIS RODRIGUEZ, identificados en autos, contra el ciudadano ALFREDO ACOSTA, igualmente identificado.
En consecuencia se condena a la parte demandada a lo siguiente:
PRIMERO: En resolver el Contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en fecha 15 de Noviembre de 2006, sobre el inmueble constituido por un local comercial, ubicado en el Barrio "Puerto Nuevo", Avenida 92-A, Nro. 91-05, jurisdicción de la Parroquia San Blas, en el Municipio Valencia, Estado Carabobo; ordenándose la entrega de dicho inmueble a.....