En consecuencia, NOTIFÍQUENSE mediante oficios, al ciudadano Alcalde del Municipio Valencia, acerca de la Reforma del Recurso de Nulidad, al Síndico Procurador Municipal del Estado Carabobo, al ciudadano Fiscal General de República con sede en Caracas, a los fines, éste último, de que consigne informes hasta el vencimiento del plazo para presentar los informes de Ley, tal como lo establece el párrafo 12º del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y CÍTESE mediante boleta al Procurador General de la República con las inserciones correspondientes al caso, tal como lo señala la precitada norma y el párrafo 4º del mismo artículo 21 de la mencionada Ley. Queda entendido que el primer (1er) día de despacho siguiente a aquel en que conste en autos la última de las notificaciones indicadas, se procederá a librar el CARTEL a que hace referencia el pre-mencionado Párrafo 12º del artículo 21 ejusdem en concordancia con lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Orgánica d.....