Por todas las consideraciones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara. PRIMERO. CON LUGAR, la demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento intentada por el abogado BENITO PERAZA, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos GIOVANNI FORTUNATO DE SENA y FELICE FORTUNATO DE SENA, plenamente identificados en autos, contra la ciudadana MARIA TORRES DE LOAIZA, igualmente identificada en el expediente.
SEGUNDO: Declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes en fecha 15 de Marzo de mil novecientos noventa y ocho, ordenándose la entrega del INMUEBLE, objeto de la presente demanda, a la parte demandante desocupado y solvente en los servicios públicos de luz eléctrica, aseo urbano, teléfono y agua......