Al haberse resuelto la INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA del estudio previó del contrato de arrendamiento valorado, resulta inoficioso en criterio de quien decide, pronunciarse sobre el resto del material probatorio y demás defensas, y así se declara.
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de RESOLUCIÒN DE CONTRATO intentada por los abogados ARMANDO MANZANILLA MATUTE, LUIS TORRES STRAUSS, y DOUGLAS FERRER RODRIGUEZ en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad de comercio. INVERSIONES F. M., C. A., contra la ciudadana DAYANA DEL SOL HERNANDEZ PEREZ representada por los abogados FRANCISCO.....