Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito, y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta, el 10 de junio de 2008, por la abogada CLAUDIA SILVA, en su carácter de apoderada judicial de los accionados, contra la sentencia interlocutoria dictada el 03 de junio del 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Bancario de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad.- SEGUNDO: LA INADMISIBILIDAD de las pruebas contenidas en el Capítulo IV, literales B) B-1), B-2), B-3), C), D) y E) del escrito de promoción de pruebas presentado por el apoderado judicial de la parte demandante; en consecuencia SE REVOCA PARCIALMENTE la sentencia interlocutoria dictada el 03 de junio del 2008, por el Juzgado.....