Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado REMIGIO MARQUEZ, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JUAN FRANCISCO MIJARES ESCALONA, contra la sentencia dictada el 21 de junio de 2006, por el Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello.- SEGUNDO: SIN LUGAR la querella interdictal restitutoria, incoada por el ciudadano JUAN FRANCISCO MIJARES ESCALONA, contra los ciudadanos ANERQUIS JOSEFINA MORGADO QUIROZ y AMBAR CAROLINA MARQUEZ UTRERA.
Queda así CONFIRMADA la sentencia objeto de la presente apelación.
Se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con lo es.....