En razón de lo antes expuesto este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito, y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción. Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- SIN LUGAR la apelación interpuesta el 28 de mayo del 2009, por el abogado ABNER VILORIA, en su carácter de apoderado judicial de la accionante, sociedad mercantil DIGE-SEND, C.A., contra el auto dictado el 26 de mayo del 2008, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad, que inadmitió el escrito de promoción de pruebas presentado por la parte actora, por ser extemporáneo por tardío.- SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 28 de mayo del 2009, por el abogado ABNER VILORIA, en su carácter de apoderado judicial de la accionante, sociedad mercantil DIGE-SEND, C.A., con.....