Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando como Tribunal Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta el 21 de diciembre del 2.005, por la abogada LISETT COROMOTO MENTADO GUANAGUANAY, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano FREDDY AHMAR SAYEGH, contra la sentencia interlocutoria dictada el 29 de julio del 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad, a cargo del Abog. RAFAEL RICARDO GIMENEZ, por falta de interés.
PUBLIQUESE, y REGISTRESE.
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