En razón de lo antes expuesto este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del
Transito, y Menores de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- CON LUGAR la apelación interpuesta el 25 de julio del 2003, por los querellados DOUGLAS RAFAEL HERNANDEZ CRESPO e IVON CAROLINA CEDEÑO VILLARROEL, asistidos por el abogado SANTOS CABRERA, contra la sentencia dictada el 23 de junio del 2003, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo y Menores de esta Circunscripción Judicial, con sede en Puerto Cabello.- SEGUNDO.- LA NULIDAD DE TODAS LAS ACTUACIONES a partir del auto dictado el 31 de julio de 2002, inclusive, y todas las actuaciones posteriores, incluida la sentencia definitiva dictada 23 de junio del 2003, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta Circ.....