Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 07 de agosto de 2007, por el abogado NELSON GERARDO BACALAO NUÑEZ, en su carácter de apoderado judicial de las ciudadanas MARIA DE JESUS AUDE GONZALEZ, viuda de ORTIZ, AURISTELA MERCEDES AUDE GONZALEZ y ZAIDA AURISTELA AUDE GONZALEZ, contra el auto dictado el 02 de agosto de 2007, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en esta ciudad.- SEGUNDO: de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, REPONE LA PRESENTE CAUSA al estado en que el Juzgado "a-quo" se pronuncie sobre la oposición propuesta por la parte demandada, respecto a la.....