Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 25 de junio de 2008, por el abogado RAFAEL IGNACIO RIVERO SARQUIS, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano VICTOR HUGO SANCHEZ, contra la sentencia dictada el 19 de junio de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO: CON LUGAR EL DERECHO A PERCIBIR HONORARIOS PROFESIONALES, solicitado por el abogado PEDRO BRITO, contra el ciudadano VICTOR HUGO SANCHEZ. Ordenándose la indexación sobre el monto definitivo que resulte de la retasa de honorarios, los cuales deberán ser calculados, desde el momento de la admisión de la presente demanda, hasta que quede definitivame.....