Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 01 de abril de 2014, por la abogada MARIANNEY TRIANA, apoderada judicial de la parte demandante, contra la sentencia interlocutoria dictada el 24 de marzo de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancaria de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO: SE NIEGA LA MEDIDA DE EMBARGO O INNOMINADA DE INMOVILIZACIÓN DE CUENTAS Y LA MEDIDA DE SECUESTRO.
Queda así CONFIRMADA la sentencia interlocutoria objeto de la presente apelación.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Líbrese Oficio al Juzgado "a-quo" informándole sobre las resultas del presente fallo.
PUBLIQUESE.
REGISTRESE