Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR las cuestiones previas previstas en los ordinales 1, 6, 7 y 11 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuestas por el abogado ARNALDO MORENO LEON, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil PULISERVICIOS, C.A..- SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 25 de enero de 2010, por el abogado ARNALDO MORENO LEON, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil PULISERVICIOS, C.A., contra la sentencia definitiva dictada el 30 de noviembre de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- TERCERO: CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato de.....