En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Transito, Bancario y de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley CONFIRMA la sentencia definitiva dictada el 20 de enero de 2009, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad, que declaró la INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano GUSTAVO ANTONIO SEVILLA ROJAS, a quien se le designó como TUTOR al ciudadano FRANCISCO MAXIMINO SEVILLA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal número V-4.134.586.-
De conformidad con lo establecido en el artículo 414 del Código Civil, el ciudadano FRANCISCO MAXIMINO SEVILLA ROJAS, en su carácter de Tutor, deberá proceder a registrar copia de la presente sentencia en la Oficina Subalterna de Regist.....