"...este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA PRIMERO: : LA PRESUNTA MUERTE POR ACCIDENTE del ciudadano JOSE MIGUEL GARCIA NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.468.887, en virtud de que han trascurrido dos (02) años y siete (7) meses desde el 11 de noviembre de 2008, Este Tribunal deja constancia que no se pronuncia sobre la posesión provisional de los bienes del ciudadano JOSE MIGUEL GARCIA NUÑEZ, por cuanto resulta de las actas del presente expediente que el haya poseído algún bien. ASI E DECIDE,
No se condena en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo..."