En tal sentido y revisada como han sido las actas procesales, se constata que no hay pedimiento alguno que prohíba que este Tribunal acuerde lo solicitado por el abogado ARNALDO MORENO LEON, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 19.186, en consecuencia se ordena el levantamiento del embargo ejecutivo decretado en fecha 21 de Marzo de 2013, y practicado en fecha 01 de Abril de 2013, por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medida de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a tal fin se ordena oficiar a la Sociedad Mercantil, DEPOSITARIA JUDICIAL LA VALENCIANA C.A., en la persona de su representante legal, ciudadana GENESIS CARRILLO RIERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-20.075.472, para que entregue los bienes embargados en fecha 01 de Abril de 2013. Asimismo se acuerda notificar a la ciudadana ALEXANDRA ISABEL REIS MONTEIRO, portuguesa, mayor de edad, titular d.....