En mérito a las consideraciones anteriores, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda intentada por la abogada OLGA MERCEDES MATUTE, inscrita INPREABOGADO bajo el Nº 17.977, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ANTONIO CARLOS DE JESÚS CRUZ, de nacionalidad portugués, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº E-81.182.028, interpuso demanda por PRESCRIPCION DE HIPOTECA, contra EDIFICACIONES MEDITERRÁNEO C.A., en la persona del ciudadano MARKO TRIEBE MAY, venezolano, mayor de edad, titulare de la cedula de identidad Nº V-7.149.251. En consecuencia, la presente sentencia constituye Documento liberatorio de hipoteca constituida sobre el inmueble distinguido con el número 5-D, ubicado en el quinto piso del Edificio RESIDENCIAS MEDITERRÁNEO, situado en.....