"...este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: NULO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos JOSE AUDELINO PORRAS GOMEZ y GREGORIA DEL CARMEN PULIDO VIVAS, en fecha 30 de Mayo de 2001, ante la prefectura de la parroquia Yagua, Municipio Guacara del estado Carabobo, según Partida de Matrimonio Nº 064, folio 064, Tomo I, Año 201. Expídase copia de la presente decisión y remítase con oficio a la mencionada Prefectura a los fines legales de que se sirva estampar la nota marginal correspondiente. ASI SE DECIDE.
Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil..."