En mérito a las consideraciones anteriores, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: la CONFESIÓN FICTA del ciudadano, ALFREDO JOSE APONTE PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.269.820 de conformidad a lo establecido en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia SE DECLARA PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada por la ciudadana, ANGELA ENDRINA PRATO GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.087.396, representada por el abogado CARLOS JAVIER RODRIGUEZ GOMEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 155.635. SEGUNDO: se ordena al ciudadano ALFREDO JOSE APONTE PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.269.8201, que protocolice el.....