En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR querella interdictal de Amparo por Perturbación a la posesión, de las casa enclavada en una extensión de terreno, ejido perteneciente al municipio Miranda del Estado Carabobo, antes mencionada, intentada por el ciudadano LUIS ANTONIO SEQUERA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.135.422, contra AMILCAR PITÁGORAS QUINTERO, venezolano, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.382.065 de este domicilio. SEGUNDO: Se ordena al ciudadano AMILCAR PITÁGORAS QUINTERO, el cierre del boquete que abrió en la pared del ciudadano LUIS ANTONIO SEQUERA. TERCERO: Se abstenga se seguir realizando las perturbaciones a la vivie.....