"...este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declara la INADMISIBILIDAD de la presente Acción de amparo constitucional ejercida por la ciudadana GLORIA ISABEL FELIZ, titular de la cedula de identidad No. 13.508.242, asistida por el abogado CESAR PALENCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 3.938. Así se decide..."