"....En sentencia dictada por este Tribunal en fecha 19 de diciembre de 2011, se condeno a la parte demandada ciudadano VICENZO FERSULA a pagar: PRIMERO: por concepto de emolumentos UN MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 1.150,50); SEGUNDO: por concepto de tasas por estacionamiento de vehículo CATORCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES (Bs. 14.289,00); TERCERO: por concepto de tasa por almacenaje de bienes muebles la cantidad de SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS (Bs. 72.492,00). CUARTO: el impuesto al valor agregado a la suma total.
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este Tribunal determina que los emolumentos a pagar es la cantidad de CIEN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES CON NOVENTA Y UN CENTIMOS (Bs 100.241,91), correspondiente a los emolumentos, tasas, y gastos reembolsables por las actuaciones realizadas por la Depositaria Judicial cumpliendo con el mandato que le fuera conferido por la Ley. Así se decide.
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