En mérito a lo expresado, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Incompetente para conocer de la Solicitud de la Separación de Cuerpo. SEGUNDO: Conflicto Negativo de Competencia entre el Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo y este Tribunal.
Asimismo, se acuerda remitir con oficio la presente causa al Juzgado (Distribuidor) Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. A los fines de que decida sobre conflicto planteado.