En consideración a las anteriores razones expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA: PRIMERO: REPOSICIÓN DE LA CAUSA AL ESTADO DE QUE SEA NOMBRADO UN NUEVO DEFENSOR JUDICIAL a la ciudadana, GENARA EMILIANA MUÑOZ HERRERA, co-heredera de la ciudadana, CARLINA MUÑOZ DE RIVERO, a los fines de que una vez en que conste en autos su citación, comience a transcurrir el lapso correspondiente para la contestación a la demanda SEGUNDO: Declara LA NULIDAD de todas las actuaciones realizadas en la presente causa, después del auto de avocamiento de fecha 20 de Octubre de 2009. Y ASI SE DECIDE.
Por la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.